Nota Relativa a la Perpetuidad de las Sepulturas

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Recordatori sobre l'actualització de la titularitat de la sepultura
06/03/2024
nínxols i sepultures

Nota Relativa a la Perpetuidad de las Sepulturas

Las sepulturas concedidas a perpetuidad se han convertido en vitalicias. En 2017, el Ayuntamiento de Barcelona, aprobó una nueva Ordenanza Municipal de Cementerios, donde los derechos funerarios a perpetuidad desaparecieron definitivamente y dieron lugar a unas medidas transitorias, contenidas en la Disposición Adicional Primera.
Les informamos de la nueva situación jurídica de las sepulturas:

  • Aquellas concesiones adjudicadas a un/a titular vivo/a, en el momento de entrada en vigor de la Ordenanza, podrán tener una continuidad de uso (o continuar haciendo uso) por la persona titular de forma vitalicia.
  • Aquellas personas que obtengan la titularidad por transmisión, dispondrán de un año natural para realizar los trámites para que esta concesión sea por un plazo de 50 o 75 años.
    o El plazo de 75 años es únicamente para sepulturas de construcción particular.
  • En caso de que haya transcurrido 1 año natural, sin que el nuevo titular haya hecho el trámite, el plazo máximo de la concesión será de 30 años. Aunque abonando la diferencia, pueda ampliarse a 50 o 75 años, respectivamente.

Para realizar los trámites así como solucionar cualquier otra consulta, pueden dirigirse a sjuridics@cbsa.cat o llamar al teléfono 934841999.